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Programación Comisión 8 UNLP

                                                                             
PROGRAMACIÓN FAMILIA. PRIMER BLOQUE 2015
COMISIÓN 8                                                                   
Martes 14 de abril:
Introducción al curso.  Familia y Derecho de Familia.

Viernes 17 de abril:  Parentesco. Efectos.

PLANTEO: A tiene tres hijos, B, C, y D; B está casado con M y D está casado con N. D tuvo una hija por técnicas de reproducción humana asistida (E) que, a su vez tiene un hijo (F). M sufre de alteraciones mentales graves de carácter permanentes.
TAREA: El art. 33 del Código Civil y Comercial legitima para solicitar la declaración de incapacidad y de capacidad restringida;  al propio interesado; al cónyuge no separado de hecho; al conviviente mientras la convivencia no haya cesado; a los parientes dentro del cuarto grado; a los parientes por afinidad dentro del segundo grado; y al Ministerio Público.
1) Podría A (su suegra) solicitar la declaración de incapacidad de M?
2) Podría C (su cuñada) solicitar la declaración de incapacidad de M?
3) Podría B (su marido) solicitar la declaración de incapacidad de M?
4) Podría N (esposa del hermano de su marido) solicitar la declaración de incapacidad de M?
5) Podría E (su sobrina) solicitar la declaración de incapacidad de M?

Lunes 20 de Abril. Alimentos entre parientes.

CASO 1. PLANTEO: El señor A era viudo, y de sus primeras nupcias había tenido un hijo, B, mayor de edad. La señorita M era soltera, y tenía una hija natural sin padre conocido, N, también mayor de edad. A y M se casaron, y tuvieron un hijo, en 1985, W.

TAREA A. Contestar en forma breve, dando razón de la respuesta.
1) En caso de encontrarse en el año 2016, en estado de indigencia contra cuales miembros del cuadro familiar descripto podría N demandar alimentos, y en qué orden.
2) En caso de demandar N a W, ¿qué extremos debería probar para la procedencia de la acción?
3) La referida demanda de N contra W, ¿sería una acción declarativa, o constitutiva de estado, u otra cosa?

CASO 2. Obligación Alimentaria de los abuelos respecto de los nietos.
Planteo. La señora G de B, madre de dos menores de edad, quiere reclamarle alimentos a los abuelos paternos, en atención a la imposibilidad de procurárselos en la que se encuentra el padre de los chicos, de quien está separada.
1)    Indicar los datos que debería requerirle el abogado a fin de evaluar la procedencia del reclamo alimentario y, en su caso, promoverlo.
2)    Elaborar el ofrecimiento de prueba de la accionante, teniendo en consideración los datos obtenidos.
3)    El abuelo paterno invoca y acredita que el abuelo materno de los menores tiene ingresos y recursos similares a los de él, ¿qué consecuencia jurídica puede tener esta circunstancia?


Viernes 24 de abril .- Matrimonio: Esponsales. Impedimentos.

CASO 1. Esponsales.
Planteo. Aníbal y Rosa se comprometieron, después de dos años de noviazgo, y fijaron la fecha de casamiento para ocho meses después. Con motivo del compromiso, Aníbal le regaló un collar valioso y ella, a su vez, le dio un reloj que había sido de su abuelo. Posteriormente, para el cumpleaños de Aníbal, Rosa le regaló una colección de libros, junto con una biblioteca donde colocarlos. Cercanos ya al casamiento, Aníbal le pidió que renunciara a su empleo, para poder dedicarse al hogar y así lo hizo su novia. Además, ambos hicieron gastos para refaccionar un departamento que les iba a regalar un tío del novio. En la víspera del casamiento, Aníbal rompió el compromiso y dejó a Rosa.

1)    Analizar qué acciones y derechos tendría Rosa, derivados de la ruptura del compromiso.
2)    ¿Tendría Anibal derecho a pedir la devolución del collar? ¿Por qué?
3)     Si Rosa, a fin de no sufrir el desgaste de un juicio de ese tipo, decide ceder todos sus derechos y acciones contra Aníbal a un tercero, por un precio en dinero ¿Podría ser objetable la validez de de esta cesión?

CASO 2. Impedimentos Matrimoniales.
Nahuel de 17 años de edad y Bárbara de 16 años son primos, y pretenden casarse, tras una relación de noviazgo que lleva dos años, debido a que Bárbara tomó conocimiento de que se encuentra embarazada.
Tarea
1) ¿Existe algún impedimento para que Nahuel y Bárbara puedan casarse?
2) ¿En caso de existir algún impedimento sería este dispensable?
3) ¿Podrían los padres de Nahuel y Bárbara realizar algún tipo de planteo oponiéndose a la celebración de dicho matrimonio?
4) ¿Sería viable una dispensa judicial?
5) ¿Cuáles serían los requisitos que deberían cumplirse para poder solicitarla?
6) ¿Será necesaria la intervención del Ministerio Publico? ¿en caso afirmativo cuál sería el alcance de dicha intervención?
Ref: Tribunal Colegiado de Familia Nro. 5 de Rosario, B., L. R. y otro, 17/02/2012, Publicado en  LLLitoral 2012 (abril), 324, LA LEY 02/05/2012, 6 con nota de Adriana N. Krasnow, LA LEY 2012-C, 54 con nota de Adriana N. Krasnow, DJ 08/08/2012, 94, Cita online: AR/JUR/900/2012.

Lunes 27 de abril. Formas de celebración del matrimonio.

CASO 1. Denuncia de Impedimentos. José de 80 años decide casarse con su novia Laura de 40 años, tras tres años de noviazgo.
Tomas, hijo de José decide formular una oposición a la celebración del matrimonio de su padre ante el Registro Civil, alegando que sufre de un síndrome mental por su edad avanzada, con deterioro cognitivo-comportamental, como parte de un proceso de demencia, alegando como prueba de ello que le fue rechazada su petición de renovación de licencia de conducir por "trastornos de memoria, ubicación temporal-espacial y problemas cardiovasculares".
Tarea:
1) ¿Puede Tomas plantear algún tipo de impedimento para que el matrimonio no se lleve a cabo?
2) ¿De existir algún tipo de impedimento, quienes podrían denunciarlo?
3) ¿Cuál es la forma y requisitos que deben cumplirse para formular una oposición?
4) ¿Se debe seguir algún tipo de procedimiento?
Ref.: Tribunal Colegiado de Familia Nro. 5 de Rosario, Toscano, José Luis c. T., S. O., 19/06/2009, Publicado en: LLLitoral 2009 (setiembre), 936,Cita online: AR/JUR/16493/2009

CASO 2. Celebración en peligro de muerte.
Planteo. Martín, de 20 años de edad y Ana, de 15 años, quieren casarse pero los padres de ambos se oponen. Un fin de semana los novios viajan en auto hacia Mar del Plata y sufren un accidente, por el cual Martín se encuentra muy grave. En el Hospital de Dolores, donde son internados, son visitados por el juez penal del distrito, a cargo del sumario y Ana y Martín –que a pesar del peligro de muerte, está consciente- piden que los case inmediatamente.

Tarea A. ¿Puede celebrar el juez el matrimonio en la forma solicitada? Señalar razones a favor y en contra.

Tarea B. El juez celebra el matrimonio pedido, con dos enfermeras como testigos, consignando en el acta los datos requeridos por el artículo 420, incisos a), b), c), d), g) y h), del nuevo Código Civil. Una semana después Martín muere, y en su testamento deja a Ana su moto como legado. ¿Ana tiene capacidad para recibir, por sí, ese legado y para disponer de la moto?

Tarea C. Un año después de la muerte de Martín, Ana quiere volver a casarse. ¿Puede hacerlo? ¿Necesita autorización de sus padres?

Viernes 1 de mayo. FERIADO.

Lunes 4 de mayo. Vicios del Consentimiento matrimonial.

Planteo. Jorge y María, después de un año de noviazgo, contrajeron matrimonio. Jorge se había presentado como abogado, con un estudio donde recibía a sus clientes y con importantes relaciones comerciales. Al poco tiempo de casarse, Jorge se mostró insolvente y María debió empezar a sostener el hogar con su sueldo de maestra. Meses después, María descubrió que Jorge no era abogado, sólo había aprobado tres materias de la carrera y la oficina a dónde iba, era un centro de apuestas clandestinas. Discutieron y él prometió concluir esa actividad y buscar un trabajo estable. Sin embargo, seis meses después María comprobó que nada había cambiado y decidió abandonar a Jorge y pedir la nulidad del matrimonio.
Tarea.
1)    Como abogado de María, indicar qué datos le pediría para encarar la demanda de nulidad.
2)    Enumerar los medios de prueba y su objeto, para la nulidad demandada.
3)    Argumentos a favor de la procedencia de la nulidad del matrimonio.
4)    Argumentos en contra.


Viernes 8 de mayo. Nulidad del Matrimonio.

Manuel,  un  acaudalado empresario del rubro de la construcción de 28 años de edad; en una salida con sus amigos, conoce a Francisco, médico pediatra, de 25 años de edad.
Pasado unos meses, Manuel les cuenta a su padres que está conociendo a un chico, brindándoles las características del mismo (edad, profesión, nombre, apellido, etc.) por el relato de Manuel, su padre se da cuenta que Francisco es un hijo extramatrimonial que había tenido con una amante, situación que este confiesa a su hijo Manuel.
En enero del 2013 después de haber transcurrido unos años, Manuel contrae matrimonio con Francisco, ocultándole a este que era su medio hermano.
Francisco, al enterarse que su cónyuge era su medio hermano, entra en un delicado estado depresivo motivo por el cual pierde su empleo. Debido a toda esta situación decide iniciar la nulidad de su matrimonio con Manuel.
CUESTIONARIO:
1).- ¿Qué extremos debería probar Francisco y por qué medios?
2).- Si la sentencia prospera ¿Cómo sería calificada la postura en cuanto a la buena o mala fe?

Caso 83. Causales.
Planteo. Anselmo, de veinticuatro años, se casó en 1986 con Marta, en Tucumán, pero un año después, al tomar conocimiento de que su esposa era estéril                -circunstancia que ambos ignoraban-, la abandonó y se fue a vivir a Corrientes. Allí, dos años después conoció a Isabel, de quince años de edad, relación de la cual ésta quedó embarazada. Anselmo le revela su anterior matrimonio, pero de cualquier modo deciden casarse. Los padres de Isabel, ignorantes del vínculo previo, dieron su autorización, y el matrimonio se celebró ante un oficial público de Resistencia (Chaco) que, como era amigo de la familia, prescindió de las diligencias previas y no tomó en cuenta la edad de la contrayente. A los dos meses del casamiento, Isabel tuvo un problema de salud y perdió su embarazo; pocos días después, Anselmo la abandonó.

Tarea A. Analizar, en cada uno de los siguientes supuestos, considerándolos por separado, si hay legitimación para accionar por nulidad del matrimonio, y si la demanda procedería, dando el fundamento de la respuesta:

1) Anselmo quiere anular su matrimonio con Marta por error en una cualidad esencial (la fecundidad).

2) Anselmo quiere anular su matrimonio con Isabel por: a) falta de edad legal de ésta; b) el incumplimiento de las diligencias previas, y c) el oficial público carecía de competencia por no corresponder al domicilio de los contrayentes.

3) Isabel quiere anular su matrimonio por su falta de edad legal.

4) El padre de Isabel quiere anular el matrimonio por el dolo de Anselmo, al ocultar su anterior matrimonio, para obtener su autorización.

5) La madre de Isabel quiere anularlo en razón del ligamen anterior.

6) Marta, la primera esposa, quiere anular el segundo matrimonio de Anselmo por ligamen.

7) Los ministerios públicos de Chaco y de Corrientes quieren promover la nulidad del matrimonio de Anselmo e Isabel, por ligamen y falta de edad legal.

Tarea B. Si, antes de la promoción de todas las acciones de nulidad indicadas, Anselmo muere, ¿en qué podrían cambiar las respuestas a las preguntas 3, 4, 5, 6 y 7?

Lunes 11 de mayo. Efectos personales del matrimonio.
Alimentos entre cónyuges
Planteo. Juan y Alfredo se casaron el 15 de febrero del 2012. Con el transcurrir del tiempo el matrimonio fue soportando distintos obstáculos, hasta que finalmente el 15 de Noviembre del 2015, Juan cansado de la indiferencia y falta de asistencia al hogar de su marido, decide pasar a dormir a otra habitación dentro de la casa, y le inicia una demanda de alimentos. El accionante se limita a acreditar en la causa el vínculo conyugal y el caudal de los ingresos profesionales que tiene el demandado.

Tarea. La pretensión está sujeta a pautas que condicionan el reconocimiento de su derecho.
1.- Con tales elementos, ¿seria procedente, en principio, esta pretensión?
2.- Para determinar la cuota alimentaria, ¿qué pautas deberá considerar el juez?
3.- Si la demanda de alimentos hubiese sido interpuesta el 20 de Julio del 2015, ¿el caso arrojaría una solución diferente? Fundamente su respuesta.


Viernes 15 de Mayo.-  Divorcio: Proceso y efectos (convenios reguladores y compensación económica)

CASO 1. Ramona y Carlos contrajeron matrimonio el 14 de febrero del 2016. Tienen dos hijos Rufina, de 4 años y Cipriano, de 6 años de edad. Tienen una casa en Villa del parque, en la que reside la familia. Ramona comenzó una relación con el jardinero de la que Carlos toma conocimiento tiempo después.
Tarea
1. Carlos lo consulta a Ud., su abogado, sobre qué consecuencias jurídicas tiene la conducta de Ramona. Elaboré el asesoramiento
2. Como abogado de Carlos, elabore una propuesta de convenio regulador para acompañar a la demanda.

2. Divorcio. Compensación económica
J y M están casados hace 25 años. J es Director de una Empresa Automotriz y representante de la firma en 5 países de Europa. M, egresó de la facultad de medicina a los 24 años pero nunca ha ejercido la profesión y ha dado exclusiva atención al cuidado de sus 3 hijos (fruto del matrimonio con J) y la manutención del hogar familiar.
A mediados del 2016, la relación entre ambos empezó a empeorar producto del carácter de J y la poca paciencia de M.
Finalmente y con 72 años de edad, el 25 de Agosto de 2017, M inicia el divorcio de J.
1.- Ante un empobrecimiento de M producto del divorcio con J, ¿Puede acordar con éste alguna compensación? ¿Cuál sería el modo de hacerlo?
2.- Ante la falta de acuerdo de ambos, ¿tiene la posibilidad de iniciar una acción o reclamo?, ¿cuál sería el objeto de la misma?
3.- Si finalmente el juez admite el reclamo, ¿Qué parámetros deberá tener en cuenta para fijar el monto de condena?
4.- Si usted fuese el abogado de M y le cuenta que no tiene un lugar en donde vivir que no sea el hogar familiar de siempre. ¿Qué asesoramiento legal le daría?. Fundamente.


Lunes 18 de Mayo. Regímenes de uniones convivenciales
Planteo:   Mariano, de 27 años de edad, ha iniciado una relación con Estefanía, de 17.  Al poco tiempo ella deja el hogar paterno y se va a vivir con él.  Dos años después, en 2017, la relación se deteriora y Estefanía lo consulta en su estudio.
Tarea:
1) Mariano y Estefanía, ¿están en unión convivencial?
2) Estefanía no tiene donde vivir y abandonó sus estudios secundarios cuando comenzó la relación. ¿Tendrá derecho a continuar en el departamento de propiedad de los padres de Mariano, donde conviven actualmente?
3) Hace un año Estefanía contrajo una deuda con una casa de electrodomésticos del barrio por la compra de una heladera, ¿Qué bienes de los convivientes podrá embargar la casa de electrodomésticos?.

Viernes 22 de mayo. Clase de repaso

Lunes 25 de mayo. Feriado

Viernes 29 de mayo. Primer parcial de Familia.




Comentarios

  1. Eduardo: Mis felicitaciones por la clase que nos brindó el pasado viernes en el Colegio de Abogados de San Martín. El concurrido auditorio sumamente complacido con su disertación clarificadora, sencilla y divertida. Lo esperamos pronto!

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