INDIVISIÓN POSTCOMUNITARIA Luego de 10 años de casados Rosario y Felipe deciden separarse de hecho el 1 de abril del 2016. El 10 de agosto de ese mismo año se presenta Rosario ante el Juez pidiendo el divorcio y presentando un convenio regulador. Corrido traslado a Felipe el mismo no acepta los términos de la propuesta. Se celebra la audiencia prevista en el Art. 438 del Código Civil y Comercial de la Nación y no se logra llegar a un acuerdo respecto de los bienes gananciales. Se dicta la sentencia de divorcio el 10 de septiembre de 2016.- Se inicia el proceso de partición de la comunidad al mes siguiente.- Responder y fundamentar.- 1) ¿En qué estado se encuentran los bienes del ex matrimonio Rosario-Felipe? ¿Y hasta qué momento rige ese estado? Normas que se aplican; 2) Felipe contrajo una deuda de $8.500 por reparaciones y pintura necesarias por causa de la humedad existente en el departamento familiar. Adeuda al 20 de diciembre de