Programación
Sucesiones
Clases
del Titular
UNLP
Martes
14 de agosto. Introducción al derecho
sucesorio. Parte General
Indicar la verdad o falsedad de los
siguientes enunciados:
Fundamentar con las normas del
C.C.C.:
1.- Es característica fundamental de
la calidad de Heredero que tenga vocación al todo de la herencia.
2.-El heredero es el continuador de
la persona del causante.
3.- Nuestro sistema sucesorio se
fundamenta en el sistema romano de “sucesión en la persona”.
4.-La vocación al todo de un heredero
puede hacerse efectiva cuando sus coherederos después de la muerte del
causante, o renuncian, o mueren, o son declarados indignos sin tener quien los
sustituya por representación.
5.- El nuevo régimen hereditario
establecido por el C.C.C. es aplicable sólo a los casos en que el juicio
sucesorio hubiera sido abierto después de su entrada en vigencia.
6.- Si dos hermanos, yendo a visitar
a sus padres, sufren un accidente, y mueren en el mismo, sin poder determinar
quién murió primero, no habrá transmisión de derechos sucesorios entre ellos.
7.- En el mismo supuesto anterior, si
uno de los hermanos muere un minuto después que el otro, entonces sí aquel
heredará a éste.
8.- Los derechos y obligaciones que
tiene el nudo propietario por el contrato de usufructo se transmiten, a su
muerte, a sus herederos.
9.- En caso de que la víctima de
calumnia o injurias hubiera fallecido sin intentar la acción penal, ésta se
transmite a su cónyuge, padres, hijos o nietos que lo heredan.
10.- La calidad de socio se
transmite, a su muerte, a sus sucesores.
11.-En caso de que haya un solo
heredero, la sucesión debe iniciarse ante el juez de su domicilio.
12.- Si los herederos promueven una
demanda de cobro de alquileres contra el locatario de un inmueble del causante,
antes de la partición, la acción es atraída por el juicio sucesorio.
13.- Una demanda por división de
condominio de un inmueble, iniciada por un condómino contra el causante, es
atraída por el juicio sucesorio de éste.
14.- Si el causante, a su
fallecimiento, tenía domicilio en Montevideo, pero dejó un campo en la Provincia
de Bs. As., el orden de los derechos sucesorios sobre el mismo será regido por
el derecho argentino.
15.- En todos los casos el fuero de
atracción subsiste hasta la partición.
Martes
21 de agosto. Indignidad
I.- Caso “Karina”
En septiembre de 2014, Karina
denuncia penalmente a su padre por amenazas coactivas (art. 149 bis del Código
Penal).
En septiembre de 2015, su padre
fallece y la causa se extingue por muerte del imputado; el hermano del
causante, tío de Karina, inicia demanda por indignidad de ésta, pretendiendo
privarla de la herencia.
Tarea:
1.- ¿Se encuentra legitimado el tío
de Karina para ejercer la acción de indignidad?
2.- ¿En qué causal pudo haberse
basado para efectuar su planteo?
3.- el haberse extinguido la acción
penal ¿hace caer la causal?
4.- Si antes de morir, el padre de
Karina hubiese sido condenado ¿cambiaría la respuesta anterior?
II.- Caso “Laureano”
Planteo:
El Sr. Laureano
fue abandonado por su madre cuando era menor de edad y quedo al cuidado de su
padre. Al crecer contrajo matrimonio con la Sra. Micaela En 2016 el Sr.
Laureano falleció. Sus herederas son su madre y su esposa. Esta última solicitó
se declare indigna a la madre de Laureano basándose en la causal prevista en el
art. 2.281, inc. e) del Código Civil y Comercial.
Tareas:
1.- ¿Está
legitimada la esposa para promover la acción de indignidad?
2.- De estar
legitimada ¿corresponde declarar indigna a la madre?
3.- ¿Podría
declararse la indignidad basada en alguna otra causal del art. 2.281?
4.- Antes de
morir, el Sr. Laureano redactó un testamento ológrafo en el cual dejó un legado
a su madre. ¿Impediría ello la declaración de indigna de su madre?
Martes
28 de agosto. No se dictará clase
Martes
4 de septiembre no se dictará clase
Martes
11 de septiembre. Feriado
Martes
18 de septiembre. SIndivisión hereditaria sucesión del cónyuge
I.- Caso “Francisco”
Planteo:
Francisco fallece en Septiembre de 2015. Al morir le suceden su esposa María y los hijos de la unión matrimonial entre ambos: Carlos y Emilio. Francisco y María se habían casado en 1980 y en 1990 Francisco adquiere (con fondos producto de sus salarios ahorrados con su esposa) una casa en Flores. María y Francisco vivieron desde entonces en dicha propiedad. En 1995 Francisco compra un billete de lotería que el resultó ser el primer premio del sorteo navideño de ese año. Francisco invierte el dinero del premio en la compra de 10 ha. de campo. Francisco comienza a explotar su campo mientras sus hijos estudian. En 1996 Carlos se recibe de médico y en 1997 Emilio se recibe de Ingeniero Agrónomo. A poco de recibido, Emilio comienza primero a colaborar con su padre en la explotación y administración del campo; quedando al cabo de 5 años a su exclusivo cargo dicha administración y explotación. En 2000, Carlos se radica en España, en donde comienza a trabajar en un hospital de las afueras de Madrid. Al fallecer Francisco integran el acervo sucesorio la casa de Flores y el campo. Fallecido su padre, Carlos solicita a su madre y hermano la partición de la herencia de Francisco.
Tareas:
1.- ¿Puede María oponerse al pedido de Carlos?
2.- ¿Puede Emilio oponerse a dicha petición?
3.- De ser procedente alguna de dichas oposiciones, ¿tendría Carlos algún derecho para hacer valer?
El Sr. Alberto se separó de hecho de su esposa Blanca hace más de diez
años y tenían dos hijos. Carlos y Ernesto, ambos mayores de edad. Todos sus
bienes eran de carácter propio. El Sr. Alberto murió.
REF.: CNCiv. En pleno 12/2/86 en JA 1986-II pág. 32 ver además LL
1991-D. Pág. 418 y LL. 1994-B pág 2256.
TAREA: 1) Blanca lo consulta a Ud., su abogado, ya que quiere heredar a
su marido. Elabore un cuestionario a realizarle a fin de analizar la
posibilidad de heredar a Alberto, diferenciando si éste hubiera fallecido antes
o después del 1/8/2015.
2) Carlos y Ernesto
quieren excluir a su madre en la sucesión de Alberto. Analice las
probabilidades de éxito de su pretensión, diferenciando si Alberto hubiera
fallecido antes o después del 1/8/2015.
Martes
25 de septiembre. Legítima
I.- Caso “LOPEZ”
El Sr. López estaba casado con Patricia. De esa unión nacieron tres
hijos: A, B y C. En el año 2016 fallece B, dejando dos hijos R y T. La
totalidad del patrimonio de López es propio. Efectuó las siguientes
liberalidades: en 2017 donó un terreno de $ 60.000 a su amigo Juan. En 2018
donó $ 30.000 a su nieto R, estableciendo en la escritura de dicho acto, una
cláusula de dispensa de colación. En 2019 donó un auto de $ 50.000 a su hijo C.
En 2020 mediante un testamento legó $ 40.000 a su nieto T, estableciendo
expresamente su preferencia en el pago del mismo; y legó $ 20.000 a su vecino.
En 2022 López fallece. El patrimonio a esa fecha está compuesto por un inmueble
de $ 300.000, un depósito bancario de $ 70.000 y deudas por $ 150.000. (La
totalidad de las donaciones efectuadas son susceptibles de ser reducidas y
colacionadas, afectando por igual a la totalidad de los herederos).
Tarea:
a) Indique la Porción Legítima y la Porción
Disponible.
b) Indique las posibles colaciones y reducciones que deban
efectuarse.
c) Determine quiénes heredan a López y cuánto le corresponde a cada uno.
Martes 2 de octubre.
Fideicomiso constituido por testamento
I.- Caso “Vázquez”
Planteo:
El señor Vázquez, importante ganadero
y comerciante de la Provincia de Buenos aires, constituyó en 1995 una sociedad
anónima con su esposa y tres de sus hijos con una duración de 99 años, a la
cual incorporó todo su patrimonio, un inmueble rural y toda su hacienda, sin
hacer participar al cuarto de sus hijos, José, del cual se encontraba
distanciado.
En el año 2016 el Sr. Vázquez
fallece.
Al iniciarse el proceso sucesorio,
José advierte la maniobra realizada por su padre y la ausencia de bienes en el
acervo y lo consulta en su estudio para saber si puede de alguna manera recibir
su parte en la herencia.
Tareas:
1.- ¿Qué acción/es le aconsejaría
iniciar?
2.- ¿Contra quién dirigiría dicha
acción?
3.- Argumente a favor de la
procedencia de la acción.
4.- Como abogado de la esposa y del
resto de los hijos del Sr. Vázquez ¿qué argumentos utilizaría para oponerse a
la procedencia de la acción entablada por José?
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