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Cronograma Familia UBA Comisión 9342

Cronograma de Familia Y Sucesiones UBA – 2º Cuatrimestre 2015
Martes 15/03 – Introducción


Miércoles 16/03 – Principios Generales del Derecho de Familia


Viernes 18/03 – Parentesco – Caso 55

PLANTEO: El señor A era viudo, y de sus primeras nupcias había tenido un hijo, B, mayor de edad. La señorita M era soltera, y tenía una hija sin padre conocido, N, también mayor de edad. A y M se casaron, y tuvieron un hijo, en 1985, W.

TAREA A. Contestar en forma breve, dando razón de la respuesta.
1) En estado de indigencia contra cuales miembros del cuadro familiar descripto podría N demandar alimentos, y en qué orden.
2) En caso de demandar N a W, ¿qué extremos debería probar para la procedencia de la acción?
3) La referida demanda de N contra W, ¿sería una acción declarativa, o constitutiva de estado, u otra cosa?

Martes 22/03 – Alimentos entre Parientes

PLANTEO. La señora G de B, madre de dos menores de edad, quiere reclamarle alimentos a los abuelos paternos, en atención a la imposibilidad de procurárselos en la que se encuentra el padre de los chicos, de quien está separada.
1) Indicar los datos que debería requerirle el abogado a fin de evaluar la procedencia del reclamo alimentario y, en su caso, promoverlo.
2) Elaborar el ofrecimiento de prueba de la accionante, teniendo en consideración los datos obtenidos.
3) El abuelo paterno invoca y acredita que el abuelo materno de los menores tiene ingresos y recursos similares a los de él, ¿qué consecuencia jurídica puede tener esta circunstancia?
4) ¿ Cuál sería la vía procesal de los abuelos para oponerse o solicitar la contribución de los demás?


Miércoles 23/03 – Matrimonio: celebración, forma y prueba

PLANTEO 1. Nahuel de 17 años de edad y Bárbara de 16 años son primos, y pretenden casarse, tras una relación de noviazgo que lleva dos años, debido a que Bárbara tomó conocimiento de que se encuentra embarazada.
Tarea
1) ¿Existe algún impedimento para que Nahuel y Bárbara puedan casarse?
2) ¿En caso de existir algún impedimento sería este dispensable?
3) ¿Podrían los padres de Nahuel y Bárbara realizar algún tipo de planteo oponiéndose a la celebración de dicho matrimonio?
4) ¿Sería viable una dispensa judicial?
5) ¿Cuáles serían los requisitos que deberían cumplirse para poder solicitarla?
6) ¿Será necesaria la intervención del Ministerio Publico? ¿en caso afirmativo cuál sería el alcance de dicha intervención?
Ref: Tribunal Colegiado de Familia Nro. 5 de Rosario, B., L. R. y otro, 17/02/2012, Publicado en LLLitoral 2012 (abril), 324, LA LEY 02/05/2012, 6 con nota de Adriana N. Krasnow, LA LEY 2012-C, 54 con nota de Adriana N. Krasnow, DJ 08/08/2012, 94, Cita online: AR/JUR/900/2012.

PLANTEO 2. Denuncia de Impedimentos. José de 80 años decide casarse con su novia Laura de 40 años, tras tres años de noviazgo.
Tomas, hijo de José decide formular una oposición a la celebración del matrimonio de su padre ante el Registro Civil, alegando que sufre, por su edad avanzada, , un deterioro cognitivo-comportamental, como parte de un proceso de demencia, alegando como prueba de ello que le fue rechazada su petición de renovación de licencia de conducir por "trastornos de memoria, ubicación temporal-espacial y problemas cardiovasculares".
Tarea:
1) ¿Evalúe la procedencia de la oposición de Tomas?
2) ¿De existir algún tipo de impedimento, quiénes podrían denunciarlo?
3) ¿Cuál es la forma y requisitos que deben cumplirse para formular una oposición?
4) ¿Se debe seguir algún tipo de procedimiento?
Ref.: Tribunal Colegiado de Familia Nro. 5 de Rosario, Toscano, José Luis c. T., S. O., 19/06/2009, Publicado en: LLLitoral 2009 (setiembre), 936,Cita online: AR/JUR/16493/2009


Martes 29/03 – Inexistencia y Nulidad de Matrimonio

PLANTEO 1.
Planteo. Lucia y Norma eran hermanas gemelas. Lucia estaba comprometida con Javier, pero con pocos deseos de casarse. En cambio, Norma amaba al novio de su hermana. El día del casamiento, Norma ocupó el lugar de su hermana (con el consentimiento de esta) y, utilizando la documentación de Lucia, contrajo matrimonio con Javier. En la luna de miel, este advirtió el cambio, pero como estaban de viaje por Europa, lo continuaron y, 40 días después, devuelta en Buenos Aires, Javier se separó y decidió impugnar el matrimonio.
TAREA A. Analizar el fundamento y procedencia de la impugnación al matrimonio de Javier.
TAREA B. Efectuar una síntesis de la demanda, indicando la pretensión, el fundamento jurídico y la prueba de que intenta valerse.

PLANTEO 2. Nulidad Causales
Planteo. Anselmo, de veinticuatro años, se casó en 2010 con Marta, en Tucumán, pero un año después, al tomar conocimiento de que su esposa era estéril -circunstancia que ambos ignoraban-, la abandono y se fue a vivir a Corrientes. Allí, dos años después conoció a Isabel, de quince años de edad, relación de la cual esta quedo embarazada. Anselmo le revela su anterior matrimonio, pero de cualquier modo deciden casarse. Los padres de Isabel, ignorantes del vínculo previo, dieron su autorización, y el matrimonio se celebró ante un oficial público de Resistencia (Chaco) que, como era amigo de la familia, prescindió de las diligencias previas y no tomo en cuenta la edad de la contrayente. A los dos meses del casamiento, Isabel tuvo un problema de salud y perdió su embarazo; pocos días después Anselmo la abandonó.
TAREA A. Analizar, en cada uno de los siguientes supuestos, considerándolos por separado, su hay legitimación para accionar por nulidad del matrimonio, y si la demanda procedería, dando el fundamento de la respuesta.
1.- Anselmo quiere anular su matrimonio con Marta por error en una cualidad esencial (la fecundidad)
2.- Anselmo quiere anular su matrimonio con Isabel por: a) falta de edad legal de esta; b) el incumplimiento de las diligencias previas, y c) el oficial publico carecería de competencia por no corresponder al domicilio de los contrayentes.
3.- Isabel quiere anular su matrimonio por su falta de edad legal
4.- El padre de Isabel quiere anular el matrimonio por el dolo de Anselmo al ocultar su anterior matrimonio, para obtener su autorización.
5.- La madre de Isabel quiere anularlo en razón del ligamen anterior.
6.- Marta, la primera esposa, quiere anular el segundo matrimonio de Anselmo por ligamen.
Tarea B. Si antes de la promoción de todas las acciones de nulidad indicadas, Anselmo muere en que podría cambiar las respuestas a las preguntas 3, 4, 5 y 6


Miércoles 30/03 – Efectos Personales del Matrimonio

PLANTEO. Juan y Alfredo se casaron el 15 de febrero del 2012. Con el transcurrir del tiempo el matrimonio fue soportando distintos obstáculos, hasta que finalmente el 15 de Noviembre del 2015, Juan cansado de la indiferencia y falta de asistencia al hogar de su marido, decide pasar a dormir a otra habitación dentro de la casa, y le inicia una demanda de alimentos. El accionante se limita a acreditar en la causa el vínculo conyugal y el caudal de los ingresos profesionales que tiene el demandado.

Tarea. La pretensión está sujeta a pautas que condicionan el reconocimiento de su derecho.
1.- Con tales elementos, ¿sería procedente, en principio, esta pretensión?
2.- Para determinar la cuota alimentaria, ¿qué pautas deberá considerar el juez?
3.- Si la demanda de alimentos hubiese sido interpuesta el 20 de Julio del 2015, ¿el caso arrojaría una solución diferente? Fundamente su respuesta.


Viernes 01/04 – Divorcio. Proceso

PLANTEO. Ramona y Carlos contrajeron matrimonio el 14 de febrero del 2016. Tienen dos hijos Rufina, de 4 años y Cipriano, de 6 años de edad. Tienen una casa en Villa del parque, en la que reside la familia. Ramona comenzó una relación con el jardinero de la que Carlos toma conocimiento tiempo después.
Tarea
1. Carlos lo consulta a Ud., su abogado, sobre qué consecuencias jurídicas tiene la conducta de Ramona. Elaboré el asesoramiento
2. Como abogado de Carlos, elabore una propuesta de convenio regulador para acompañar a la demanda.


Martes 05/04 – Divorcio. Efectos

PLANTEO. J y M están casados hace 45 años. J es Director de una Empresa Automotriz y representante de la firma en 5 países de Europa. M, egresada de la facultad de medicina a los 24 años pero nunca ha ejercido la profesión y ha dado exclusiva atención al cuidado de sus 3 hijos (fruto del matrimonio con J) y la manutención del hogar familiar.
A mediados del 2016, la relación entre ambos empezó a empeorar producto del carácter de J y la poca paciencia de M.
Finalmente y con 72 años de edad, el 25 de Agosto de 2017, M inicia el divorcio de J.
Tarea.
1.- Ante un empobrecimiento de M producto del divorcio con J, ¿Puede acordar con éste alguna compensación? ¿Cuál sería el modo de hacerlo?
2.- Ante la falta de acuerdo de ambos, Tiene posibilidad de iniciar una acción o reclamo?, ¿cuál sería el objeto de la misma?
3.- Si finalmente el juez admite el reclamo, ¿Qué parámetros deberá tener en cuenta para fijar el monto de condena?
4.- Si usted fuese el abogado de M y le cuenta que no tiene un lugar en donde vivir que no sea el hogar familiar de siempre. ¿Que asesoramiento legal le daría?. Fundamente.


Miércoles 06/04 – Uniones Convivenciales. Constitución y Prueba. Pactos de Convivencia

Melisa decide luego de un largo noviazgo irse a vivir a la casa que Pablo había heredado de sus padres. Ante esta situación, y con algunos miedos al respecto, Pablo elabora un pacto de convivencia, en el cual se deja constancia que como él aporta el departamento para la convivencia, Melisa deberá solventar todos los gastos que el mismo irrogue, y deja a salvo su responsabilidad para el caso de que ella contraiga alguna deuda para solventar los mentados gastos. Asimismo, deja constancia que van a participar por partes iguales de los bienes adquiridos durante la unión. Por último, establece que en caso de infidelidad por parte de alguno de los convivientes, el pacto quedará rescindido automáticamente y el infiel le deberá al otro una indemnización pecuniaria.
Tarea:
1) Melisa lo consulta sobre las clausulas establecidas en el pacto, ¿qué le recomendaría?
2) Finalmente Melisa decide igualmente firmar junto a Pablo dicho pacto. ¿Podrían inscribirlo válidamente en el Registro?
3) Al año de convivencia, se encontraban impagos los servicios de telefonía y gas por el término de seis meses. ¿Podría Pablo oponer el pacto de convivencia suscripto por ambos para evitar que le reclamen la deuda?


Viernes 08/04 – Uniones Convivenciales. Efectos. Cese de la convivencia. (espacio para dudas pre parcial)

PLANTEO. Mariano de 27 años de edad iniciado una relación con Stefania, de 17. Al poco tiempo ella deja el hogar paterno y se va a vivir con él. Dos años después, en 2017, la relación se deteriora y Stefania lo consulta en su estudio.
Tarea
1. Mariano y Stefania, ¿Están en unión convivencial?
2. Stefania no tiene donde vivir y abandonó sus estudios secundarios cuando comenzó la relación. ¿Tendrá derecho a continuar en el departamento de propiedad de los padres de Mariano, donde conviven actualmente?
3. Hace un año Stefania contrajó una deuda con una casa de electrodomésticos del barrio por la compra de una heladera, ¿Qué bienes de los convivientes podrá embargar el comerciante?



Martes 12/04 - 1º PARCIAL DE FAMILIA

Miércoles 13/04 – Regímenes de Bienes del Matrimonio. Introducción.
Viernes 15/04 - Régimen Primario
PLANTEO. Elvira y Marcos se casaron hace unos años y se han enterado de la vigencia del Código Civil y Comercial que les permite hacer acuerdos sobre el régimen de bienes del matrimonio. Lo consultan a Ud., su abogada/o
1. ¿Les resulta aplicable la reforma?. Fundamente la respuesta
2. En caso afirmativo, ¿qué deberán hacer para cambiar de régimen?
3. Quieren hacer un pacto donde diga que si alguna vez se divorcian, un inmueble que tienen destinado al funcionamiento de un negocio, no será vendido. ¿Podrán hacerlo?

Martes 19/04 - Calificación de Bienes del Matrimonio

PLANTEO: Juan R. y Marta A. se casaron en 2016; se separaron de común acuerdo el 1º de septiembre de 2023, pidieron el divorcio por presentación conjunta el 1º de septiembre de 2024 y se dictó sentencia de divorcio el 1º de marzo de 2025.
TAREA: Determinar el carácter de los siguientes bienes, y los derechos de las partes al respecto:
a) Un terreno que Juan comenzó a poseer "animus domini" en 1999, declarándose judicialmente su usucapión en 2019.
b) Una casa construida en 2010 sobre ese terreno.
c) El terreno tiene costa sobre un río, y su superficie ha sido acrecentada en los últimos diez años por la acumulación de tierra traída por la corriente. A la época del divorcio, Juan está realizando el trámite de mensura e inscripción en el Registro de la nueva parcela.
d) La propiedad indicada precedentemente fue dada en arrendamiento en 2036; el locatario adeuda los alquileres correspondientes a los años 2023 y 2024.
e) Un crédito por $ 100.000 de Marta contra su hermano, porque en 2019 heredó a su padre, y le cedió los derechos sucesorios al hermano, por un precio que todavía no cobró.
f) Los intereses pactados sobre la deuda referida, del 12 % anual a partir de abril de 2019, que también están pendientes de pago.
g) Un campo comprado por Marta en 2019; pagó el 60 % del precio con fondos provenientes de la venta de un bien propio, y se dejó constancia de ello en la escritura; y el 40 % restante con ingresos provenientes de su trabajo.
Ref.: C.N.Civ. en pleno, 15.jul.1992, en ED. 149-103 y LL. 1992-D-260. S.C.B.A., 7.mar.1995, en ED. 164-399, con comentario de Gabriel Mazzinghi. C.1a.C.C.Bahia Blanca, en LL. 1989-D-141.
h) Crédito por el precio de venta de la cosecha del campo, sembrado a mediados de 2023 y levantada y vendida en febrero de 2024.
i) Crédito por el precio de venta de la madera de los árboles del campo (un monte de eucaliptos de 15 años), que fueron íntegramente talados y vendidos por Marta en agosto de 2023.
j) Veinticuatro caballos que hay en el campo de Marta. El padre de ésta le había regalado 20 caballos en 2020 y, durante 2020/2024, murieron dos de esos caballos, y nacieron seis crías, quedando así veinticuatro a fines de 2024.
Ref.: C.N.Civ., Sala D, 11.dic.1970, en "La Ley", t.143 p.518. C.N.Civ., s.G, en ED. 121-447
k) Dos armas adquiridas por Juan para competir en torneos de tiro, y una colección de las medallas ganadas.
Ref. C.N.Civ., s.D, LL. 1989-C-177
l) Marta tiene un tapado de piel de zorro de Groenlandia; no hay constancia del origen ni fecha de adquisición.
Ref.: Cám.I C.C.La Plata, Sala III, causa nº214152, 2.sep.1993, en Jurispr. Col. Abog.La Plata, nº41 p.57
m) Un terreno comprado por ambos en 2021, aportando Juan el 38 % del precio y Marta el 62 %, sin indicar origen de los fondos. Ahora Marta acredita que su aporte al precio de compra provenía de una donación de su padre.
Ref.: C.N.Civ. s.B, 12.may.1994, en ED. 160-309.
n) Juan tiene acciones de una S.A., recibidas por el legado de un tío; los dividendos del año 2023 se capitalizaron, y tiene pendientes de cobro los dividendos del año 2024.
Ref.: Cám.Nac.Civil, Sala D, 11 de diciembre de 1970, en "La Ley" t.143 p.518.
C.N.Civil, s.I, 16.nov.1995, en Bol.Jurispr. C.N.Civ., nº2/96
o) Una indemnización que Juan tiene otorgada y pendiente de cobro, con fundamento en la ley 24.043, en razón de su privación de la libertad durante un año en que estuvo detenido a disposición del Poder Ejecutivo, por el régimen de facto, entre 1978 y 1979.
Ref.: C.N.Civil, sala E, 28.feb.2000, en D.J. sept. 2000, p.102 fallo nº 15.940, y E.D. del 27.mar.2001, nº 50684, con nota de Eduardo A. Sambrizzi.
p) Un equipo de audio, regalado a Juan (médico) por un paciente a quien había operado en 2020, sin cobrarle honorarios, porque lo atendía a través de una obra social.
q) Juan en 2017 efectuó un invento y registró la patente, que explotó hasta 2022, año en que la vendió. El comprador de la patente le adeuda parte del precio.
r) En febrero de 2022 Juan sufrió un accidente que le produjo la pérdida de un dedo. Estaba asegurado, y después de tramitar el reclamo ante la compañía de seguros, ésta le debe pagar $ 3.0000.- por reintegro de gastos de atención médica, y $ 100.000 como indemnización por la pérdida.
s) Marta, que durante diez años había sido empleada en una empresa, fue despedida sin causa en diciembre de 2024 (durante el trámite del juicio de divorcio), y debe cobrar la indemnización que le corresponde.
Ref.: C.N.Civil, sala I, 2.set.1999, en E.D. t.186 p.280, fallo nº 49870. C.N.Civil, sala E, 28.feb.2000, en D.J. sept. 2000, p.102 fallo nº 15.940.
t) En 2015 Marta compró una rifa por la suma de $1.000 y en marzo de 2016 su número fue sorteado y ganó $1.000.000.



Miércoles 20/04 – Gestión de Bienes del Matrimonio
Demanda al vendedor por vicios de la cosa. Legitimación.
PLANTEO 1: El Sr. Sergio y su esposo Juan, contrajeron matrimonio en el año 2016 bajo el régimen de comunidad de bienes, adquirieron conjuntamente después de casarse un inmueble. Al poco tiempo descubrieron vicios ocultos en la propiedad y el Sr. Sergio decidió demandar a los vendedores.
Ref: CNCiv., sala C, abril 17 de 1990 en L.L. del 19.jun.1992, n° 90470, con nota de Silvia S. García de Ghiglino “Gestión de los bienes gananciales de titularidad conjunta”
S.C.B.A., 29 de diciembre de 1981, en "La Ley", t.1982-B p.139.
Cám.C.C.Mercedes, sala II, 30 de abril de 1985, en "El Derecho", t.115 p.152.
Tarea:
1) Los vendedores oponen a la pretensión de Sergio la excepción de falta de legitimación activa ¿Es procedente esta excepción? Funde su respuesta.
2) ¿Qué argumentos podría sostener Sergio a favor de su legitimación?.
3) Si la sentencia admite la demanda y declara la resolución del contrato, la devolución del precio y el pago de daños y perjuicios ¿quiénes serían los obligados y los beneficiados por la decisión judicial?
4) ¿Cambia la respuesta si los cónyuges hubieren optado al momento de contraer matrimonio, por el régimen de separación de bienes? ¿Y si hubiesen optado por el régimen de separación de bienes con posterioridad a la celebración del matrimonio?
3.3.2- Promesa de venta por uno de los cónyuges. Consentimiento tácito.

PLANTEO 2. Los cónyuges Juan y María casados en el año 2015 bajo el régimen de comunidad eran titulares conjuntamente de un terreno. Juan, otorgó mandato a una empresa para la venta del lote; y ésta, después de ofrecerlo en venta, concretó la operación firmando boleto con el adquirente Sr. Oscar. Sin embargo, María. se negó a concurrir a escriturar, manifestando no estar de acuerdo con la venta.- El comprador promovió juicio de escrituración contra ambos cónyuges.
Ref.: Cám.Nac.Civil, Sala F, 18 de agosto de 1976, en "El Derecho", t.72 p.535.
Tarea:
Elegir una de las siguientes respuestas y fundarla:
a) El comprador podía obtener la escrituración demandando exclusivamente al marido vendedor.
b) El comprador necesitaba demandar a ambos cónyuges.
c) Era suficiente que el comprador demandara al Sr. S., y solicitara simultáneamente la autorización judicial supletoria por falta de asentimiento de María.
d) El comprador podía demandar alternativamente a cualquiera de los cónyuges.


Viernes 22/04- Deudas y Pasivo de la Sociedad Conyugal

PLANTEO. Juan y María han contraído matrimonio y no han optado por ningún régimen patrimonial. Juan es abogado y ejerce su profesión de manera liberal y María es empleada administrativa en una empresa.
Sus bienes son:
a) Casa heredada por María que se encuentra alquilada
b) Un departamento adquirido por Juan luego de celebrado el matrimonio donde viven con el hijo menor de ambos
c) Una camioneta comprada por María luego de celebrado el matrimonio
d) Un auto comprado por Juan luego de celebrado el matrimonio, con el producido de la venta de una lancha que le había donado su padre
Durante la vigencia de su matrimonio se han devengado las siguientes deudas:
a) Deuda por expensas correspondiente al departamento donde vive la familia
b) Alimentos que Juan le adeuda a un hijo menor de edad habido de un matrimonio anterior
c) Deuda al taller mecánico por el cambio de correas de distribución del auto y de la camioneta
d) Sumas que María debe abonar a un tercero con motivo de un juicio de daños y perjuicios en el que resultó condenada
Tarea:
a) Indicar cuáles son los bienes que podrá ejecutar cada acreedor
b) Indicar si se generan recompensas en caso de que Juan abone sus deudas con fondos provenientes de su profesión.


Martes 26/04.- Disolución y Liquidación de la Sociedad Conyugal

PLANTEO. José y Sofía se casaron en 2015. En abril de 2020, J. abandonó a S. la cual inició tiempo después demanda de divorcio, que fue notificada a J. el 1 de abril de 2021 y se dictó sentencia el 30 de marzo de 2022.
BIENES (se indican valores actualizados)
J. tenía un departamento comprado de soltero, donde vivieron hasta 2019, el cual se vendió a 20.000 pesos (se ignora el destino dado a ese dinero).
S. heredó un campo en abril de 2010 por valor de 100.000 pesos
Con el campo S. heredó 100 cabezas de ganado. Nacen 20 crías por año y mueren 10, de modo que en abril de 2016 hay 160 cabezas (valor por cabeza 1000 pesos)
J. y S. compraron conjuntamente un departamento en 2018 por 40.000 pesos
J. heredó en 2014 una cantera de mármol (valor 100.000 pesos)
De la cantera se extrae mármol por un valor de 1000 pesos por mes. Al momento de la liquidación de la sociedad conyugal J. tiene a cobrar 12.000 pesos por la venta del mármol extraído durante el año 2015.
CUESTIONARIO:
1) Establecer qué bienes son propios y gananciales, dando fundamento legal a la respuesta.
2) Determinar, en números cuál es el valor ideal que le corresponderá a cada cónyuge por la liquidación de la sociedad conyugal.

Miércoles 27/04.- Filiación

PLANTEO. Patricia fue inscripta como hija extramatrimonial, ya que su padre nunca la reconoció. Su madre, se encontraba en una condición humilde y se desempeñaba como encargada de un edificio para brindarle los cuidados necesarios. Fue así como Patricia logró finalizar sus estudios secundarios y ahora se preparaba para ingresar a la Universidad, quiere recibirse de médica. Una vez alcanzada la mayoría de edad inicia una acción de reclamación extramatrimonial contra su progenitor.

Ref.: M., C. A. v. G. P., A. s/ Filiación. Sala I. C. Civ. Y Com. San Isidro, Sala 1ª - (12/12/2002)

Responda:
a) Antes de que Patricia alcanzara la mayoría de edad, ¿la madre se encuentra legitimada para entablar la acción? Fundamente.
b) ¿Existe algún plazo de prescripción/caducidad para que Patricia inicie la acción reclamando su reconocimiento?
c) Además de la acción iniciada, ¿Patricia puede solicitar que se lo condene a pagar daños y perjuicios por la falta de reconocimiento? ¿Por qué?
d) La única prueba que existe en el expediente de reclamación de filiación es la negativa del demandado a someterse a la prueba de ADN. ¿ con éste elemento podrá el juez dictar sentencia condenando al demandado? Analizar la cuestión en el Código Civil y en el Código Civil y Comercial?


Viernes 29/04.- Técnicas de Reproducción Humana Asistida

PLANTEO. Luego de varios años, finalmente, David y Cecilia decidieron someterse en forma voluntaria a iniciar un tratamiento de fecundación asistida para tener un hijo mediante la firma del contrato de consentimiento informado, conforme a los requisitos previstos por la ley 26.862 y el art. 7 del decreto 956/13. Posteriormente, la pareja se separa de hecho porque David le expresa su negativa a continuar con los tratamientos.

Ref.: C. Nac. Civ., Sala J, P., A. c. S., A. C. s/medidas precautorias, 13/09/2011, LL27/09/2011, 6; LL2011-E, 435)

Responda:
a) Si Cecilia quiere implantarse los embriones que se encuentran crioconservados en el instituto especializado, ¿debe autorizarse dicha práctica?.
b) ¿Cambiaría la respuesta anterior si específicamente se hubiese acordado seguir con el procedimiento aún en caso de disolución del vínculo matrimonial?
c) ¿Puede David efectuar su eventual revocación en la historia clínica?

Martes 03/05.- Acciones de Filiación

PLANTEO. Pedro y María, compañeros de trabajo, mantienen una relación clandestina durante el período en que ambos se encontraban separados de hecho de sus respectivos cónyuges. En consecuencia de esta relación apasionada, María queda embarazada. Al tomar conocimiento de ello, se reconcilia con Juan, su esposo, argumentando que en un estado emocional de angustia y enojo, accedió a tener relaciones sexuales con otro hombre y le cuenta lo sucedido, a la semana 20 del embarazo. Una vez que nace la niña la inscriben en el Registro Civil y Capacidad de las Personas bajo el apellido del marido de la madre.
Ref.: CAUSA 81859.- “L. C. F. en j° 27.746/28.214 L.C.F. por la menor A.M.G. c/ A. C. A. G. P. A. C. p/ Filiación s/ Inc. Cas.”.– C.S.J. DE MENDOZA.– SALA I.- 12/05/2005
Responda:
a) En este caso, ¿el padre biológico de la niña podrá ejercer alguna acción?
b) En algún momento, si toma conocimiento de la situación, ¿la niña podrá interponer alguna acción?


Miércoles 04/05.- Adopción

El matrimonio compuesto por Rodolfo y Maria Elena recibió en guarda a un niño de 6 meses en forma directa de parte de su progenitora. Una vez que el niño cumplió cuatro años de edad, solicita el matrimonio la guarda con fines de adopción. El pedido fue rechazado por el Sr. Juez de grado, quien ordenó que en el término de 48 hs entregaran el niño al órgano administrativo. Los guardadores apelan y la Cámara hizo lugar al recurso y concedió la guarda peticionada, en tanto la madre biológica del niño consintió la entrega. La defensora de menores recurre la decisión ante la Corte.
1) ¿Se encontraba prohibido en el Código Civil anterior la entrega del niño en guarda por parte de su madre biológica?
2) ¿Variaría la situación si el niño hubiese sido entregado por su madre biológica mediante acta notarial?
3) ¿Qué normas de la actual redacción del Código Civil debieran aplicarse para rechazar la petición incoada por Rodolfo y María Elena?
4) ¿Qué fundamentos deberían considerarse para resolver este fallo a la luz del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación?

Fuente: Superior Tribunal de Justicia de Santiago del Estero, sala Civil y Comercial • 27/03/2014 • G., L. G. y A., I. H. s/ guarda y tenencia con fines de adopción plena – casación civil • • La Ley Online • AR/JUR/18874/2014


Viernes 6/05 - Responsabilidad Parental. Principios Generales. Titularidad y Ejercicio. Deberes y Derechos de los progenitores.

PLANTEO. Estela y Luis, se han separado de hecho, tiene dos hijos de 14 y 10 años, que concurren al mismo colegio. A su vez Estela tiene otra hija, Carla de 16 años fruto de una relación anterior que convivían con ella y Luis.
Estela lo consulta en su estudio, quiere realizar algún tipo de certificación para resolver eventuales problemas con la crianza de los hijos, ya que ha tenido fuertes discusiones con Luis.
1. ¿Quién o quiénes tienen la titularidad de la responsabilidad parental en relación a los tres hijos?
2. Quién o quiénes ejercen la responsabilidad parental sobre ellos?
3. Estela quiere cambiar al hijo menor de Colegio, éste no quiere hacerlo ya que allí va su hermano y tiene a sus amigos, ¿De qué forma podría oponerse al cambio? ¿Debe intervenir también su padre?
4. El hijo de 14 años quiere hacerse un tatuaje del Indio Solari, ¿puede hacerlo por sí o necesita autorización de sus padres?
5. Carla, consulta con su ginecólogo y quiere colocarse un dispositivo intrauterino, ¿Puede autorizar por sí esa práctica o necesita autorización de sus padres? ¿Qué injerencia podría tener Luis, en caso que la práctica se pretendiera realizar cuando convivía con la madre?.
6. Redacte un plan de coparentalidad entre Estela y Luis, que comprenda, el cuidado personal de los hijos, las vacaciones, los días feriados, festivos y de cumpleaños.


Martes 10/05 Clase para dudas pre parcial


Miércoles 11/05 2º PARCIAL DE FAMILIA

Comentarios

  1. La UBA DERECHO acaba de emitir un comunicado que en el dia de mañana alrededor de las 18.30hs se procederá a cerrar la Facultad, quisiera saber si se suspende la clase y si el tp se podra entregar el día martes proximo?

    disculpen la molestia.

    Yamila

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Derecho Civil V Cátedra II, clase del titular. Trabajo práctico para entregar el 11 de mayo de 2010. CALIFICACION Y PRUEBA: BIENES PROPIOS Y GANANCIALES. PLANTEO : Juan R. y Marta A. se casaron en 1970; se separaron de común acuerdo el 1º de septiembre de 1997, pidieron el divorcio por presentación conjunta el 1º de septiembre de 1998 y se dictó sentencia de divorcio el 1º de marzo de 1999. TAREA: Determinar el carácter de los siguientes bienes, y los derechos de las partes al respecto: a) Un terreno que Juan comenzó a poseer "animus domini" en 1962, declarándose judicialmente su usucapión en 1983. b) Una casa construída en 1984 sobre ese terreno. c) El terreno tiene costa sobre un río, y su superficie ha sido acrecentada en los últimos diez años por la acumulación de tierra traída por la corriente. A la época del divorcio, Juan está realizando el trámite de mensura e inscripción en el Registro de la nueva parcela. d) La propiedad indicada precedentemente fue dada en arrenda

Caso Legítima UBA 14 de julio de 2020

Caso “LOPEZ” El Sr. López estaba casado con Jorgelina. De esa unión nacieron tres hijos: A, B y C. En el año 2016 fallece B, dejando dos hijos R y T. La totalidad del patrimonio de López es propio.   Efectuó las siguientes liberalidades: en 2017 donó un terreno de $ 60.000 a su amigo Juan. En 2018 donó $ 30.000 a su nieto R, estableciendo en la escritura de dicho acto, una cláusula de dispensa de colación. En 2019 donó un auto de $ 50.000 a su hijo C. En 2020 mediante un testamento legó $ 40.000 a su nieto T, estableciendo expresamente su preferencia en el pago del mismo; y legó $ 20.000 a su vecino. En 2022 López fallece. El patrimonio a esa fecha está compuesto por un inmueble de $ 300.000, un depósito bancario de $ 70.000 y deudas por $ 150.000. (La totalidad de las donaciones efectuadas son susceptibles de ser reducidas y colacionadas, afectando por igual a la totalidad de los herederos).   Tarea: a) Indique  la Porción Legítima  y la  Porción Disponible. b) Indique  las p

Casos UBA semana del 22 al 26 de agosto

Martes 23/08 – Alimentos entre Parientes. Caso N° 4 Planteo: La señora Romualda, madre de dos niños, quiere reclamar ali-mentos a los abuelos paternos, en atención a la imposibilidad de procurárselos en la que se encuentra el padre de los chicos, de quien está separada. Tarea: 1) Indicar los datos que debería requerirle el abogado a fin de evaluar la procedencia del reclamo alimentario y, en su caso, promoverlo. 2) Elaborar el ofrecimiento de prueba de la accionante, teniendo en consideración los datos obtenidos. 3) El abuelo paterno invoca y acredita que el abuelo materno de los menores tiene ingresos y recursos similares a los de él, ¿qué consecuencia jurídica puede tener esta presentación? Miércoles 24/08 – Matrimonio: celebración, forma y prueba. Caso N° 19 Planteo 1: Nahuel, de 17 años de edad, y Bárbara, de 16 años, son primos y pretenden casarse tras una relación de noviazgo que lleva dos años, debido a que Bárbara tomó conocimiento de que se encuen-tr