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Mostrando entradas de marzo, 2010

Caso 99 primera parte

Efectos patrimoniales del matrimonio Caso 99: Primera Parte Indicar, con respecto a cada uno de los siguientes enunciados, si es verdadero o falso, dando una breve explicación o referencia normativa para fundar la respuesta. a) En el derecho romano, cuando se realizaba el matrimonio sine manu, los bienes de la mujer pasaban al dominio y administración del marido b) Régimen de separación es aquel donde cada uno de los cónyuges administra por separado, los bienes que adquiere. c) Vélez Sársfield, al establecer en el Código Civil un régimen matrimonial imperativo, siguió el criterio dominante en los derechos europeos de la época. d) El codificador, al establecer un régimen imperativo de comunidad, consideró, entre otros fundamentos, que con ello se protegían los intereses de la mujer. e) El Código Civil argentino de 1869 siguió, en general el principio del antiguo derecho francés, según el cual le mari vi comme maitre et meurt comme associé.

Curriculum Vitae

Datos Personales: Nombre y Apellido: Eduardo Guillermo Roveda a) Estudios Cursados Abogado graduado en Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata, título expedido el 14 de febrero de 1992. b) Antecedentes Laborales · Curador General de Alienados de la Procuración General de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, desde mayo de 2005 hasta la actualidad · Abogado Inspector con funciones de relator de Ministro en la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires desde marzo 2003 hasta mayo de 2005.. · Jefe del Gabinete de Asesores del Secretario de Política Judicial y Asuntos Legislativos del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación desde abril de 2004 hasta agosto del mismo año. · Abogado Inspector en la Secretaría de Actuación de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, Junio de 2002 hasta

Comisión 293 Cronograma del curso

REGIMEN PATRIMONIAL DEL MATRIMONIO Curso a cargo del Dr. Eduardo G. Roveda - Marzo / Abril 2010 PROGRAMA Y DESARROLLO Marzo V. 12 - Regímenes matrimoniales. Concepto y cuestiones comprendidas. Antecedentes históricos y derecho comparado. Regímenes típicos. Naturaleza del régimen argentino: Código Civil, ley 11.357 y ley 17.711. Sociedad conyugal. Naturaleza jurídica y significado en el derecho vigente. (Casos: nº 38, 99, 100). m. 16.- El carácter imperativo del régimen. Fundamento. Debate doctrinario y propuestas de reforma. Las convenciones matrimoniales permitidas en el Código Civil. Contratos entre esposos. Contratos prohibidos y permitidos. Casos dudosos. Tema especial: Fideicomiso. (Casos: nº 29, 113, 114, 115, 116, 117). v. 19.- Contratos entre esposos (conclusión). Calificación de los bienes. Activo: bienes propios y gananciales. Unidad o dualidad de calificación; el debate en doctrina y jurisprudencia. Prueba del carácter de los bienes. Aplicabilidad y alcance de los arts.